Periodicidad de revisiones y persona competente

Aunque sea el empresario el encargado de asegurar las revisiones periódicas, las revisiones que se realizan cada vez que se usa el equipo pueden y deben hacerlas los trabajadores, ya que estas revisiones son parte del uso del equipo.

En ningún punto de la legislación se concreta la frecuencia de las revisiones de los equipos, confiando siempre este aspecto a la decisión del fabricante.

Sin embargo, en todos los elementos considerados EPI, los fabricantes exigen una revisión anual. Esta periodicidad está recogida en la norma UNE-EN 365.

Por supuesto, y como indica la norma, puede ser necesario hacer revisiones con mayor periodicidad, en función del uso que se le dé al equipo o de otras circunstancias.

El Real Decreto 1215/1997 y la norma UNE-EN 365 coinciden en que las revisiones periódicas sólo pueden ser efectuadas por personas competentes para ello. Para ello, han de seguir estrictamente los procedimientos para la revisión periódica del fabricante.

¿Qué es una persona competente? 

Según las normas mencionadas en otros apartados, se trata de una persona conocedora de los requisitos existentes relativos a la revisión periódica y de las recomendaciones e instrucciones emitidas por el fabricante, aplicables al componente, subsistema o sistema a revisar.